Tengo carnet de coche: ¿qué moto puedo comprar en Barcelona?
Con el carnet B y más de 3 años de antigüedad puedes conducir una 125 en España. Te contamos qué opciones tienes, scooter o moto de marchas, y qué modelos elegir.
Lo esencial en 30 segundos
- Qué puedes conducir
- Motos de hasta 125 cc y 11 kW, si tienes el carnet B con más de 3 años de antigüedad. Solo dentro de España.
- Scooter o marchas
- Si nunca has llevado moto, un scooter automático es lo más sencillo: acelerar y frenar, sin embrague.
- Qué modelos
- Scooters: NMAX 125, PCX 125, XMAX 125 y Forza 125. De marchas: MT-125 y CB125R.
- Equipo obligatorio
- Casco homologado siempre. Desde el 1 de octubre de 2026, calzado cerrado en todas las vías y guantes en carretera.
Qué te permite exactamente el carnet B
Si tienes el carnet de coche (B) en vigor y más de 3 años de antigüedad, en España puedes conducir motos de la categoría A1: hasta 125 cc y 11 kW de potencia, con una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg. No hace falta ningún examen ni trámite adicional.
Esa equivalencia solo vale dentro de España: si viajas con la moto a otro país, revisa su normativa, porque allí puede no reconocerse. El carnet B incluye además el AM, así que también puedes llevar ciclomotores de 50 cc.
La DGT ha propuesto un curso obligatorio de unas 7 horas para conducir 125 con el carnet B. Cuando revisamos la normativa (julio de 2026) no estaba en vigor ni tenía fecha en el BOE; consulta la DGT para ver su estado.
¿Scooter o moto de marchas?
Scooter automático
- Sin embrague ni marchas: acelerar y frenar.
- Hueco bajo el asiento para el casco.
- Protege mejor las piernas de la lluvia y el frío.
- Lo más cómodo para el día a día en Barcelona.
Moto de marchas
- Cambio manual y embrague: hay que aprender a usarlos.
- Postura y sensaciones de moto «de verdad».
- Buena base si después quieres sacarte el A2.
- Sin maletero: necesitarás un baúl o una mochila.
Las 125 que más vendemos
Todas se conducen con el carnet B (más de 3 años) o con el A1. En cada guía tienes la ficha técnica oficial y las unidades que tenemos ahora.
Antes de salir a la calle
- Seguro: toda moto que circule necesita, como mínimo, el seguro obligatorio de responsabilidad civil.
- Casco homologado, siempre, para ti y para tu pasajero.
- Calzado cerrado en todas las vías y guantes en carretera, obligatorios desde el 1 de octubre de 2026 (Real Decreto 518/2026).
- Si es tu primera moto, empieza por calles tranquilas. Yamaha, por ejemplo, recomienda hacer un curso de conducción antes de subirte a cualquier moto.
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Preguntas frecuentes
No. Basta con tener el carnet B en vigor y más de 3 años de antigüedad. La DGT ha propuesto un curso obligatorio, pero cuando revisamos la normativa (julio de 2026) no estaba en vigor.
Esa equivalencia solo vale en España. Fuera, puede no reconocerse: revisa la normativa del país al que viajes o sácate el carnet A1.
Sí, siempre que la moto esté homologada para dos plazas y el pasajero lleve casco. El carnet B no limita llevar acompañante en una 125.
Si nunca has llevado moto, un scooter ligero como la Honda PCX 125 o la Yamaha NMAX 125: son automáticos, pesan poco más de 130 kg y tienen el asiento bajo.
Sí. En Spartan Motors puedes financiar cualquier moto de nuestro stock; la financiación se gestiona mediante bancos y está sujeta a su aprobación.
Tu primera 125, revisada y con garantía
En Spartan Motors tienes 125 de ocasión que puedes conducir con tu carnet de coche, con garantía mínima de 1 año y financiación. Nos encargamos del cambio de nombre.
Fuentes y última actualización
Información verificada con la DGT y el RACE (julio de 2026) y con el Real Decreto 518/2026 publicado en el BOE (septiembre de 2026). La normativa puede cambiar, en especial el curso para 125 con carnet B; consulta siempre las fuentes oficiales.
Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento legal ni fiscal.